¡DEROGATORIA DE LA NEFASTA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL Nº 29944!

domingo, 23 de septiembre de 2012

ESTE ES EL PROYECTO DE LEY DEL CEN DEL SUTEP QUE EXIGE "PARA DEFENDER Y MEJORAR LOS DERECHOS ADQUIRIDOS CON LA LEY DEL PROFESORADO 24029"

 

El CEN del SUTEP aprueba el proyecto de Ley de Reforma Magisterial haciéndole el juego al gobierno con su “Nueva ley del profesorado” que supuestamente unifica a los maestros (la Ley del Profesorado y a la Ley de Carrera Pública). Ambas Leyes que pretende aprobar el Congreso vulneran los derechos de los maestros y extinguen todos los derechos conquistados.




 MAESTROS DEL PERÚ, el CEN del SUTEP en cualquier momento que les ofrezcan unos soles más de aumento para el Magisterio y les digan, con acta o sin acta, que se les cronograma el pago del 30% por preparación y evaluación de clases porque ya tienen un Crédito Suplementario éstos levantarán o suspenderán "su huelga" No olvidar que "su huelga" lo han realizado por presión de las bases y como siempre está en juego la Derrama Magisterial (vaca lechera) A estos DIRIGENTES TRAI-DO-RES les conviene debatir los dos proyectos de ley (la del Ejecutivo y la de ellos"; nosotros que pertenecemos a la oposición y que somos SINDICALISTAS CLASISTAS no PODEMOS PERMITIR una traición más de parte de estos esbirros que están enquistados en la cúpula dirigencial desde hace más de 40 años, nosotros estamos luchando por la VIGENCIA IRRESTRICTA DE LA LEY 24029 Y SU MODIFICATORIA 25212 CON SU REGLAMENTO 019-90- ED; además DEFENDEMOS la ESCUELA PÚBLICA GRATUITA y NUESTRO GLORIOSO Y COMBATIVO SINDICATO.

¡¡¡¡¡  VIVA EL ÉXITO DE LA HUELGA QUE SE INICIÓ EL DÍA 15 DE AGOSTO DE 2012 !!!!


La innegable crisis de la educación  y su agravamiento se debe a la radicalidad del continuismo neoliberal en nuestro país. “Tiene que ver con la visión y políticas adoptadas por los regímenes y gobiernos de turno, que empezaron a considerarla como un mero servicio, que ocasiona gastos, más no, como un derecho humano fundamental, en el que hay que invertir, en tanto está llamada, a ser soporte fundamental del desarrollo”. “Los resultados en educación se explican por diversos factores que tienen directa incidencia en ellos. Sin embargo de manera interesada, se busca responsabilizar a los maestros”

LA LEY DEL PROFESORADO (24029), SUFRIÓ SERIOS DESGASTES Y MODIFICACIONES DESDE QUE SE IMPLANTÓ EL NEOLIBERALISMO CON LA DICTADURA DE FUJIMORI, CONTINUANDO EN EL GOBIERNO DE TOLEDO, Y DÁNDOLE UNA ESTOCADA FINAL DE DESPRESTIGIO EL SEGUNDO GOBIERNO DEL APRA, CON ESA NUEVA LEY DE LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL 29062), QUE POLARIZÓ A LA COMUNIDAD MAGISTERIAL EN DOS SECTORES: LOS QUE ASPIRAN SU MEJORÍA ECONÓMICA DE LA NOCHE A LA MAÑANA, PERO PERDIENDO VARIOS DERECHOS SINDICALES Y SU ESTABILIDAD LABORAL, Y LOS QUE SE AFERRRAN A LOS DERECHOS SINDICALES Y CUIDAN SU ESTABILIDAD LABORAL.
ANALICEMOS ESTAS DOS LEYES A CONTINUACIÓN:

1. Si esta nueva Ley, 29062, buscaba únicamente sancionar y despedir al profesor de la carrera, si esto buscaba, no tenía este gobierno aprista darse el trabajo de crear otra ley paralela a la Ley 24029, pues en esta misma Ley se contempla no sólo la sanción, sino también el despido, pues en el artículo 119 de la 24029, se manifiesta que “La estabilidad en el servicio se pierde por las causas siguientes: a) Por sentencia judicial ejecutada por delito común; b) Por sanción de separación a través de proceso administrativo. Además el inciso “e” del Artículo 120, manifiesta “separación definitiva en el servicio”.

2. Únicamente se crea la Nueva Ley de la Carrera Pública Magisterial (Ley 29062), para complacer a la nueva corriente privatista del sistema neoliberal en el país, teniendo como base a la Constitución privatista del 93 que contempla todo un modelo radical de privatizaciones, que Toledo por no chocar con la población no la materializó en su totalidad, mientras que García más sumiso con los grandes poderes económicos, no le importó quedar mal con el pueblo; peor aún le interesó quedar mal con el magisterio nacional, por ello se crearon esa nueva ley privatista, (la 29062), donde contempla evaluaciones inquisitoriales, únicamente por hacer quedar mal al docente.

3. La Nueva Carrera Pública Magisterial (Ley 29062), está sacramentada totalmente contra todo derecho sindical, y sobre todo contra todo tipo de bonificaciones que contempla claramente la Ley del Profesorado (Ley 24029), en el Artículo 210°. En cuanto a bonificación especial, sostiene: “El profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total”. El Artículo 212° en cuanto a Bonificación por escolaridad contempla: “El profesor tiene derecho a percibir, además, una remuneración total permanente por escolaridad, en el mes de marzo; por Fiestas Patrias, en el mes de julio, y por Navidad en el mes de diciembre”. El Artículo 213 dice: “El profesor tiene derecho a percibir dos remuneraciones íntegras al cumplir veinte años de servicio la mujer y veinticinco años de servicio el varón; y tres remuneraciones íntegras al cumplir 25 años de servicio la mujer y 30 años de servicios el varón”.

4. No hay dudas que estos artículos de beneficio y otros más escritos en la Ley del Profesorado (Ley 24029), suenan muy bonito, pero lamentablemente están escritos solamente en el papel; ningún gobierno lo tomó en cuenta hasta hoy, ni Toledo que habló mucho de los profesores para bien en su campaña del 2001; García también habló para bien de los profesores en su campaña del 2006, y miren como los pagó insultándolos no sólo de comechados, sino “regalándolas” una ley privatista que apunta solamente a hacer perder la estabilidad laboral al profesor, creándole además serias dificultades en algunos lugares al articular antipedagógicamente al indigno proceso de Municipalización de la Educación como etapa piloto y de extensión.

5. ¿Quiénes son los responsables para que estos derechos de los profesores largamente postergados no se hagan realidad? ¿Por qué los profesores a través de abogados pagándoles grandes honorarios a éstos, tienen que tramitar algunos de estos derechos vía procesos judiciales y que aún hasta la fecha no reciben nada? Aquí los directos responsables son los congresistas, ¿cómo es que estos señores los meses de marzo, julio y diciembre, reciben el doble del exorbitante sueldazo que perciben y los profesores tienen una Ley la 24029, que solamente estos derechos contempla de una manera teórica y nunca se cumplen?

6. Cuando estaba en campaña el entonces candidato Ollanta Humala Tasso, no habló mucho de los profesores, como hablaron sobonamente Toledo y García, buscando congraciarse con la masa magisterial, y defraudaron finalmente; hoy el ya Presidente de todos los peruanos, Comandante Ollanta Humala, debe a través del Congreso, hacer que la verdadera Ley del Profesorado (la 24029), sea rescatada, valorada y reivindicada para beneficio con justo derecho a los miles y miles de profesores del país.
 
 

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