¡DEROGATORIA DE LA NEFASTA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL Nº 29944!

lunes, 30 de noviembre de 2015

¡CONGRESO DIO LA ESPALDA UNA VEZ MAS A LOS PROFESORES! ¡¡NO HABRÁ AUMENTO DE SUELDOS NI INCREMENTO DE LAS BONIFICACIONES!!! ¡¡PREPARAR LA LUCHA DIRECTA, SON MAS DE 24 AÑOS DE EXPLOTACIÓN AL MAGISTERIO PERUANO!!


RVM 081-2015 Y LA FARSA DE AUMENTO DE SUELDO X LAS 4 HORAS SEMANALES (20 HORAS MENSUALES)

EL MINISTRO FAVORITO DE OLLANTA DIJO QUE EL MAESTRO GANABA 50 SOLES POR HORA, ENTONCES COMO NOS AUMENTARON 4 HORAS DE TRABAJO POR CADA SEMANA  = 18 HORAS MENSUALES (pq el mes no siempre tiene 4 sem. sino 4 y medio).
EL AUMENTO DEBERÍA SER S/. 900 SOLES MENSUALES.

¿PERO CUAL ES LA VERDAD?
SI REVISAMOS NUESTRAS BOLETAS DE PAGO, NOS DAMOS CON LA SORPRESA  con que nuestro RIM era 1,243 y ahora aparece 1,316, esto quiere decir que x las 2 horas semanales (10 mensuales) nos pagan s/. 76 soles.

Este año estas horas adicionales se incrementan a 4 semanales (18 mensuales) y solo nos pagaran 150 soles sobre el RIM
esto es menos de s/. 10 soles por hora.

CONCLUSION: todo es una farsa y lo que quieren es aumentar nuestro horario de trabajo a cambio de unos centavos y de paso eliminar el dia libre..


LAS HORAS ADICIONALES, ES LA EXTREMA EXPLOTACIÓN Y PAUPERIZACIÓN DEL MAGISTERIO, EL STRES PARA MAESTROS Y ESTUDIANTES, EN REALIDAD NO HAY NINGÚN AUMENTO DE SUELDO NI MEJORA ACADÉMICA ALGUNA.

DILE NO A LA FARSA DE AUMENTO DE SUELDO VÍA LAS ILEGALES HORAS “ADICIONALES”=INCREMENTOS=EXPLOTACIÓN LABORAL

El actual gobierno con su politiquería de incremento de horas pedagógicas so pretexto mejora económica y mejora del servicio educativo así como sus evaluaciones de los estudiantes, lo único que está generando es la desnaturalización de la ESCUELA (hoy llamada institución educativa) y el papel docente así como la saturación a los estudiantes, docentes y directivos con las trilladas evaluaciones del “rendimiento escolar”.

En efecto, la escuela es una institución social que contribuye a la educación de una comunidad proponiendo un estilo de vida y no una ACADEMIA preparatoria de exámenes para darle gusto al MINEDU y su farsa política de mejora del rendimiento, así como colisiona con legal AUTONOMÍA INSTITUCIONAL Y DOCENTE ya que el docente propone conforme su sapiensa, contexto y otras variables un forma de trabajo técnico-pedagógico.

Y para esta politiquería, so pretexto la enjuiciada e inhumana LRM crea los chantajistas bonos, las ilegales horas adicionales, jornada de recuperación, etc. En el caso específico del incremento del "sueldo" en sólo un poco más de cien soles aumentando más nuestro trabajo en dos horas “adicionales”, lo han hecho de manera automática (es decir, arbitraria, ilegal, etc.) pero la RESOLUCIÓN DIRECTORAL sigue figurando que somos profesores de 24 horas pedagógicas, salvo excepciones que ya tiene RD con 26 horas pedagógicas.

Ahora bien, en algunos lugares están ya han aumentado arbitrariamente e ilegalmente en 28 horas pedagógicas, ¿Nos preguntamos ¿Les han entregado su RESOLUCIÓN DIRECTORAL con 28 horas pedagógicas? y lo más importante ¿Estás de acuerdo más allá de lo dicho en la LRM?

ES DECIR, DE MANERA ARBITRARIA E ILEGAL NOS AUMENTAN NUESTRA JORNADA LABORAL Y "NUESTRO SUELDO" SIN MODIFICAR LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL ya que OFICIALMENTE SOLO FIGURA 24 HORAS PEDAGÓGICAS. Es decir para el MINEDU somos profesores de 24 horas pedagógicas (salvo excepciones) y no de 26 o 28 horas pedagógicas, ya que así como arbitrariamente han dado presupuesto en función a la espera de ciertos resultados por parte del MINEDU, mañana más tarde pueden quitar dicho presupuesto y pagar lo que sí está presupuestado, es decir, 24 HORAS PEDAGÓGICAS Y PUNTO, si no vean el caso del llamado pago de maestría que no se paga a todos so pretexto de razones técnicas.

Además, una cosa es INCREMENTO DE HORAS Y OTRA HORAS ADICIONALES y mientras nuestra resolución directoral siga figurando 24 horas pedagógicas, en la práctica no son ni horas adicionales ni horas incrementadas porque NO LES HAN ENTREGADO RS de horas adicionales o RD de 26 o 28 horas pedagógicas.

Entonces, así como le dan, lo pueden quitar por más que en el talón engañosamente diga 26 horas o 28 horas pedagógicas. Recuerde que la enjuiciada LRM dice que solo hay aumento de sueldo por evaluación o por presupuesto, además es un régimen laboral flexible y no estable.

Entonces, NO ES OBLIGATORIA ACEPTAR EL AUMENTO DE HORAS PEDAGÓGICAS, ASÍ EL MINEDU, LA DRE, LA UGEL O LA DIRECCIÓN INTENTEN OBLIGARLES más aún si en el fondo es para chantajearlos con resultados del rendimiento escolar y explotarlos más ya que recuerden las dos horas adicionales más, que "aumentarían" a 28 horas pedagógicas y por ende 100 soles más (cuando día a día sube la canasta familiar) es para poner en práctica fuera de la jornada laboral habitual la "jornada de recuperación" de aquellos estudiantes que están mal en su rendimiento (que en la práctica serán más de 2 horas) y si no mejora el único responsable es el docente, es decir chantajearlo y tener sometido, ya que el docente más se va a ocupar en que sus estudiantes mejoren su "rendimiento" vía los exámenes y que aprueben y en los bonos=propina, que en ocuparse en mejorar su práctica pedagógica y su propuesta de trabajo técnico-pedagógico. Es decir, para el MINEDU y CÍA el docente solo es un simple peón y ya no un profesional con autonomía, violando un derecho fundamental, que recibe órdenes y en función a los engañosos resultados es felicitado y/o premiado con los chantajistas "bonos=propinas" o repudiado y hasta sancionado.

Esto comprueba una vez más de lo inhumano de la enjuiciada LRM ya no existen BENEFICIOS LABORALES sin discriminación como el 30% o 35%, 50 soles de remuneración personal, el 1% de IGV anualmente, 5.00 diario de movilidad y refrigerio y sus incrementos de los DD.UU. N° 090-96, 073-97 y 011-99, etc. bajo nuestro Régimen Laboral Estable de la Ley del Profesorado, que SI incrementaban realmente nuestro sueldo con la misma jornada laboral y que los gobiernos de turno anteriores han desconocido en complicidad con sus serviles del CEN-SUTEP=Patria roja, sino que además en la práctica es una muestra de explotación laboral.

Entonces, si nos dan nuestra RD de 26 o 28 horas pedagógicas?
Le invocamos a impugnar tanto los que siguen en juicio contra la LRM somos profesores de 24 horas pedagógicas conforme a nuestro régimen laboral estable de la Ley del Profesorado y los que han aceptado la LRM ya que recuerden para esta nefasta ley el docente no solo cumple funciones de enseñanza de aula sino otras (Leer art. 127 de su reglamento) pero se debe dar dentro de su jornada laboral de horas pedagógicas y las horas adicionales (Leer art. 128 de su reglamento) si se pueden dar fuera de la jornada laboral y no es obligatoria ya que está cumpliendo una carga adicional.

Por ello, el MINEDU debe respetar el supuesto incremento de horas dentro de la jornada laboral y no fuera de ella y al no hacerlo estaría colisionado con su propia norma. 

Ahora bien, si existe una jornada laboral sea establecido por turno: turno mañana, tarde o nocturna y dentro de ella se establece las horas pedagógicas de trabajo, NO se pueden establecer incremento de horas fuera de la jornada laboral, A NO SER QUE SEA ADICIONAL Y SI ES ADICIONAL NO ES OBLIGATORIA.

Esta es una razón para oponerse a dicho incremento ya que así seamos profesores de 24, 26 o 28 tenemos una jornada laboral y eso se respeta. POR TANTO, no es argumento para decir que ya no hay día libre y de si los directivos lo niegan dar, Ud. solo está obligado(a) a trabajar en sus horas pedagógicas, fuera de ella no es obligatoria, además esto afectaría la gestión institucional. Por ejemplo, imagínese que se programe una reunión fuera de la 1pm como su jornada laboral del día es hasta las 12 y 20 pm., NO TIENE LA OBLIGACIÓN DE ESTAR PRESENTE en dicha reunión y si les descuentan o les envían memorándum, tienen toda la facultad de denunciarlo por abuso de autoridad. Por ello, se les recomienda a los directivos que en vez de actuar prepotentemente busquen una acuerdo con los trabajadores sino se verán en muchos problemas legales por abuso de autoridad.

Ante esto, docente, somos profesionales en educación con autonomía profesional y mereces respeto, venga de quien venga y no estamos para migajas ni chantajes.

Por ello, repudiamos a todo farsante de lucha, pro implementadores de la enjuiciada e inhumana Ley de Reforma Magisterial, serviles a los gobiernos de turno, como el ilegítimo e ilegal CEN=SUTEP=patria roja y sus serviles en las distintas regiones del país, que ahora se ufanan que luchan por las horas adicionales, que genera más explotación del trabajo docente, es decir NO EXISTE NINGÚN AUMENTO DE SUELDO.








DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO INCLUIDO LA NORMA TECNICA  EN:

http://www.edumediate.net/

DENUNCIAMOS PERSECUCIÓN POLÍTICA CONTRA LA MAESTRA MARÍA ATOCHE VILCA, POR OPONERSE A LA POLÍTICA NEOLIBERAL, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL E IMPLEMENTACIÓN DE SUS DISPOSICIONES QUE QUIEBRAN EL RÉGIMEN LABORAL ESTABLE Y APLICA DESPIDO MASIVO DE MAESTROS.


Por la presente denunciamos ante nuestro pueblo y específicamente ante los maestros del sector educación del Perú, por la persecución política de parte del Estado Peruano y su policía política, bajo la argucia ha inventado delito contra la seguridad pública ( en la modalidad de entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos), delito contra la tranquilidad (disturbios) y delito contra la administración pública (resistencia o desobediencia a la autoridad); cuyo fondo es en realidad el oponerse al Modelo Económico Neoliberal y su Ley de Reforma Magisterial, que en su aplicación promueve la privatización de la Educación Pública y Gratuita , cambio de Régimen Laboral Estable y aplica los despidos masivos de maestros (45 000 maestros ya fueron despedidos a la fecha y 200 000 maestros automáticamente ya los cambiaron de régimen laboral estable a uno flexible).
Este hecho no es aislado, se encuadra dentro de la persecución de todos los dirigentes del Perú que no se someten a los planes políticos y económicos del Estado Peruano, y en el caso de la profesora María Atoche, su odio radica porque promueve la defensa legal con el departamento Técnico y Jurídico de los maestros a nivel nacional, siendo también Sub Secretaria de Defensa del Comité Nacional de Lucha de SUTE Regionales del Perú y es Secretaria General del SUTE Regional Callao
Por lo manifestado responsabilizamos al Estado Peruano y al Gobierno de Ollanta Humala, por la vida y la salud de la maestra María Atoche, anunciando que elevaremos estos hechos a la CIDH, EN RAZÓN QUE ALLÍ SE ENCUENTRA LAS DENUNCIAS POR VIOLACIONES DE LOS DERECHOS DE LOS MAESTROS, PRECISAMENTE COMO APODERADA FIGURA LA PROFESORA MARÍA ATOCHE.

Lima 28 de Noviembre del 2015
DEPARTAMENTO LEGAL DE MAESTROS.

UNA VEZ MÁS EL PRESUPUESTO NACIONAL ES DISCRIMINADOR E VIOLADOR DE DERECHOS HUMANOS DE LOS TRABAJADORES COMO LOS MAESTROS AL NO CONSIDERAR EL PAGO DEL 30%.

A pesar del proceder del Congreso, los maestros tenemos que seguir luchando directa y legalmente a nivel nacional por el pago del 30% ganado judicialmente hace años y contemplado en nuestra irrenunciable régimen laboral estable de la LEY DEL PROFESORADO.
HAY MUCHO QUE HACER Y SEGUIREMOS HACIÉNDOLO PORQUE SI O SI NOS TENDRÁN QUE PAGAR.
POR ESTO Y MUCHAS COSA MÁS SE HA HECHO LA DENUNCIA INTERNACIONAL Y VENDRÁN OTRA POR HABERNOS CAMBIADO DE RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO Y PASADO A UN RÉGIMEN LABORAL FLEXIBLE DE LA INHUMANA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL Y TAMBIÉN POR ELLO LO CORRECTO ES LA NULIDAD DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL Y NO SÓLO LA DEROGATORIA MÁS AUN CUANDO ESTOS CONGRESISTA LA AVALAN Y LA DEFIENDE.
VIVA LA LUCHA NACIONAL E INTERNACIONAL POR LA DEFENSA DE NUESTROS IRRENUNCIABLES DERECHOS DEL RÉGIMEN LABORAL ESTABLE DE LA LEY DEL PROFESORADO!!! 
LO DEMÁS ES PURA FARSA!!!

ADJUNTAMOS EL COMENTARIO de la Congresista Natalie Condori: "Nefasto presupuesto 2016, donde nuevamente se vulnera derechos laborales. Dimos la batalla presentando dictamen en minoría, obligando a hacer algunos cambios en beneficio de los trabajadores. presentamos cuestión previa y allí se sacaron la careta aquellos que nuevamente quieren gobernar y que generaron toda la deuda social, despidos masivos, persiguieron a dirigentes y pisaron los derechos laborales. ¡Que el Pueblo no lo olvide nunca porque no van a cambiar!".





DE RIPLEY: LA CORRUPCIÓN NO TIENE LIMITES MAESTRA CESANTE DE 69 AÑOS, DIRECTORA DE LA UGEL 01 DESPIDE A MAESTROS POR EDAD AL CUMPLIR 65 AÑOS ! ESA ES LA GRAN TRANSFORMACIÓN DE OLLANTA HUMALA Y PATRIA ROJA!!!

Fuente:
https://www.facebook.com/photo.php?fbid=442008755984570&set=a.124230427762406.1073741826.100005263475145&type=3&theater

¿QUE DEBEN HACER LOS MAESTROS ANTE LOS ABUSOS DE LOS DIRECTIVOS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS?

ANTE DIVERSAS QUEJAS DE LOS DOCENTES HACIA EL PROCEDER DE LOS DIRECTIVOS DE LAS II.EE., LES INDICAMOS QUE EXISTE UNA REGLA CONSTITUCIONAL BÁSICA:

"NADIE ESTA OBLIGADO A HACER LO QUE LA LEY NO MANDA NI IMPEDIDO DE HACER LO QUE ELLA NO PROHÍBE".

ASÍ COMO "LOS DERECHOS LABORALES SON IRRENUNCIABLES"
EN TAL SENTIDO, SE DICE QUE ESTAMOS EN UN ESTADO DE DERECHO Y DEMOCRÁTICO Y LOS DIRECTIVOS NO SON AMOS DE LAS II.EE. NI LOS DOCENTES SON PEONES.
EL DIRECTIVO ES UN EMPLEADO DEL ESTADO CON ATRIBUCIONES, FACULTADES, RESPONSABILIDADES Y PROHIBICIONES ASÍ COMO EL DIRECTOR DE LA UGEL, DREC, MINISTRO Y PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, QUE CON EL DINERO DE PUEBLO SE MANTIENEN.
ANTE CUALQUIER ARBITRARIEDAD Y ABUSO DE PODER PUEDEN DENUNCIARLOS ANTE LA UGEL, DRE, MINEDU, DEFENSORÍA DEL PUEBLO, FISCALÍA, COMISARÍA, ETC.

AL DOCENTE SE LE RESPETA!!!

COMITE NACIONAL DE LUCHA DE LAS BASES REGIONALES DEL SUTEP PRESENTARON PEDIDO PARA QUE INCLUYAN EN EL PRESUPUESTO 2016 Y LOS CONGRESISTAS LE DIERON LA ESPALDA A LOS MAESTROS



¡EN LIMA SÓLO SALIERON 20 PERSONAS... AQUÍ EN TACNA NO SALIÓ NI UNO!!! ¡¡¡NI SU PSEUDO DIRIGENTE QUE NO REPRESENTA A NADIE ACATÓ "SUS ACUERDOS SIN BASES"!!!!!!


MILITANTES DEL CEN SUTEP PATRIA ROJA DESCARADOS IMPLEMENTADORES DE LA LEY 29944 DE REFORMA MAGISTERIAL, LEY DE LOS DESPIDOS DE MAESTROS Y PRIVATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN

Fuente:
https://www.facebook.com/photo.php?fbid=442008659317913&set=a.124230427762406.1073741826.100005263475145&type=3&theater

miércoles, 25 de noviembre de 2015

PATRIA ROJA SOBREVALORA COSTOS DE TERRENOS PARA FINANCIAR SU CAMPAÑA PRESIDENCIAL 2016



CONGRESISTA SOLICITA RESPETO A LA LIBERTAD SINDICAL Y LA INCLUSIÓN DE OTROS SINDICATOS DEL MAGISTERIO EN EL DIRECTORIO DE LA DERRAMA MAGISTERIAL

DEVOLUCIÓN DE APORTE A LOS MAESTROS AFILIADOS A LA DERRAMA MAGISTERIAL



URGENTE! ¡TRAMITAR CONSTANCIA SOBRE REGIMEN LABORAL Y OTROS ANTE UGEL PARA MEDIDA CAUTELAR CONTRA NEFASTA LEY DEL DESPIDO 29944 EN LA CIDH!


Fuente: http://sute14sector.blogspot.pe/2015/11/urgente-tramitar-constancia-sobre_20.html

BASES REGIONALES DEL SUTEP ACUERDAN REINICIAR LA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA UNA VEZ QUE EL MINEDU EMITA LA DIRECTIVA DE CONVOCATORIA A LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DOCENTE = DESPIDO LABORAL



PRONUNCIAMIENTO DEL SUTE 14 SECTOR


Frente al Comunicado del CEN SUTEP publicado el último 22 de noviembre del 2015 en el diario La República y otros, el COMITÉ EJECUTIVO DEL SUTE 14 SECTOR considera pertinente expresar lo siguiente:

PRIMERO: En los últimos años  el SUTE 14 ha  sentado posición respecto a la política educativa que desde los 90 las élites gobernantes vienen aplicando en  el sector educación. Estas se sustentan en dos grandes columnas: la privatización de la educación y la flexibilización laboral en las relaciones jurídico-laborales entre el Estado y el profesorado de educación básica. 

Hacia el 2012 el experimento privatizador continua presionando sobre la educación pública, consolidando la primacía del mercado sobre el derecho humano a la educación a cargo del Estado. Investigaciones realizados por intelectuales y organismos independientes (Ricardo Cuenca, Educared, Foro Educativo, etc.)  Revelan que el proceso privatizador ha superado la inversión pública estatal en este sector y que en la actualidad el número de matrícula de alumnos de educación básica en el sector privado es superior a los colegios públicos. Confirma, sin duda, la primacía avasallante de la economía de mercado, la conversión de la educación en mercancía.

Estas políticas constituyen una grave afectación al derecho humano a la educación sancionado por el Protocolo Adicional de San Salvador y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, como el Pacto Internacional de los Derechos, Económicos, Sociales y Culturales que enfáticamente comprometen a los Estados Parte, como el Estado peruano, a no dictar medidas legislativas que lesionen los derechos fundamentales en estricta observancia del Principio de Progresividad  y  de No reversibilidad que inspiran los Tratados Internacionales sobre Derechos humanos. 

En el terreno de las relaciones laborales, el modelo económico es pulverizar derechos adquiridos por el magisterio peruano. Pulverizar La estabilidad laboral, se vienen dando los contratos a plazo determinado en el profesorado contratado y los docentes arbitrariamente trasladados a la Ley de Reforma Magisterial, mientras se han mandado al tacho conceptos básicos del derecho laboral moderno como el aumento general de remuneraciones, el principio de equidad  en el reconocimiento económico de la fuerza de trabajo para imponer sueldos diferenciados, como ocurre en otros sectores de la administración pública, como el CAS por ejemplo. 

SEGUNDO: Mientras el magisterio peruano, ahora aglutinado alrededor de los SUTES REGIONALES, viene luchando desde hace varios años contra estos zarpazos de las clases dominantes, el CEN SUTEP controlado por el Partido Comunista del Perú - Patria Roja que dirigen  Alberto Moreno y Rolando Breña Pantoja, ahora animadores de la candidatura de Gonzalo García Nuñez; y seudo "dirigentes  nacionales"  como Hamer Villena han resuelto colocarse a su servicio promoviendo la sepultura jurídica de la Ley del Profesorado N° 24029 . 

Ahora desafían groseramente al magisterio peruano,  patrocinan la aplicación de la Ley de Reforma Magisterial Nro. 29944 para lo cual sus militantes ocupan cargos funcionariales en  direcciones regionales y Ugels, los recursos de la Derrama Magisterial sirven para alfombrar la aplicación de esta nefasta ley, mientras sus operadores políticos  como Lucy Barrera en la UGEL 01 se dedican al paralelismo sindical negando al SUTE 14 su reconocimiento legitimo en el Ministerio de Trabajo, el uso de los locales escolares para eventos de carácter sindical, etc., favoreciendo al fantasmal Amado Oliva, repudiado asalariado de la Derrama Magisterial "reconocido" por Hamer Villena. A esto llamamos SINDICALERISMO PRO PATRONAL.

TERCERO: Los  insultos contenidos en el comunicado del último 22 de noviembre suscritos por Hanmer Villena   vinculándonos con el MOVADEF reproduce lo que exactamente dicen personajes repudiables como Aldo Mariátegui, Ricardo Rey, etc. Por ello no nos afecta en lo político y orgánico. El magisterio sabe hoy que Patria Roja gira su trayectoria en función de la defensa del modelo  neoliberal  y sus cuantiosos intereses patrimoniales alrededor de la derrama Magisterial, por el que  sus dirigentes y militantes  dan la vida, porque fuera de ella serian polvo en absoluto. No son argumentos políticos, ni ideológicos los que exhibe Hamer Villena y cía. Estos seudos "dirigentes nacionales" no tienen estatura política o ideológica para el debate de cara  al magisterio, sino una probada conducta inmoral y policíaca, propio de  elementos cobardes de monumental mediocridad  que solo pueden  representar a su partido, Patria Roja.

Con firmeza el SUTE 14 ratifica su compromiso de seguir bregando con el magisterio sanjuanino. SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS.


Lima, 24 de noviembre del 2015

ONP PRETENDE APLICAR LA POLÍTICA DEL PERRO MURTO

Nuevo “faenón” de colchonetas en el MINEDU

EN EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Le dieron buena pro a empresas extranjeras de dudosa experiencia comercial.


2-3A
Nuevas presuntas irregularidades han sido puestas al descubierto en las compras de colchonetas y material educativo para el Ministerio de Educación (Minedu). Es lo que se desprende de los resultados del nuevo proceso AMC Nº 005-2015/MINEDU-VMG/UE 120, que se deriva de un concurso similar, que por un monto de 8 millones de soles fracasara en marzo de este año por falta de experiencia y financiamiento.
Una fuente del Minedu informó a EXPRESO que en las bases de la nueva licitación Nº 005-2015 resulta que las muestras del trabajo de los concursantes, que deberían presentarse junto a la propuesta técnica, se entregaron después de haber sido adjudicada la buena al postor ganador, Global Engineering & Logistics Co. Limited e Iba International Business Association SRL, con fecha 17 de junio de 2015.
“Es como poner la carreta delante de los caballos, porque puede resultar ganador un postor que no cumpla con los requerimientos técnicos mínimos y que la entidad ejecutora (Minedu) lo advierte después de ganar la licitación, por lo que tendría que retirarle la buena pro y verificar si el ocupante del segundo puesto cumple con los requerimientos, y, de no cumplirlo, el proceso se quedaría desierto como en la primera convocatoria”, dijo el informante.
EXPERIENCIA
De otra parte, de acuerdo al artículo 44° del reglamento de contrataciones del Estado se debe calificar –para la experiencia del postor– el monto acumulado de sus facturas en un periodo de hasta ocho años a la fecha de la presentación, por una cantidad de hasta cinco veces el valor referencial del concurso, precisando sobre los bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria.
Sin embargo, en las páginas 32 y 33 de las bases se entiende por ventas de bienes similares a la comercialización de todo tipo de colchonetas, cojines y tapetes de ejercicios, o la comercialización de partes, componentes y repuestos de artículos deportivos, accesorios de los mismos, o productos recreativos en general, entremezclados, o en partes, repuestos y otros.
“Para el comité especial es lo mismo, o similar, una mesa de ping pong, pelotas o raquetas a una colchoneta o una espuma, a pesar de que su producción, características y su uso son totalmente distintos”, indicó la fuente solicitando el anonimato para evitar represalias.
VINCULACIONES Y DUDAS
Respecto de la vinculación de las tres empresas que acreditaron experiencia, como el consorcio ganador, Global Engineering & Logistics Co. Limited e Iba International Business Association SRL, cabe señalar que la primera (Global) es una firma de Hong Kong y las ventas que sustentan su experiencia corresponden a un paquete que en dos oportunidades –en diciembre de 2008 y en mayo de 2011– habría vendido primero mesas y luego pelotas de ping pong a Efrinsa Global Logistics Inc. de Estados Unidos, firma a la que está asociada.
Global sustenta su experiencia para el proceso Nº 005-2015 con dos ventas de los citados artículos deportivos (pelotas y mesas de ping pong) por un valor de US$ 1’619,135.00 a Efrinsa, que, según cálculos, representa el 94 % de la experiencia total acreditada por el consorcio, toda vez que la otra venta es de apenas 588,800 soles al Instituto Peruano del Deporte (IPD).
Hay otros datos que alimentan dudas, afirman los críticos. Y es que Efrinsa es un operador logístico que se dedicaría en exclusividad al negocio de transporte y almacenamiento provisional de mercadería. Quienes siguen de cerca las contrataciones del Estado se preguntan cuál sería el objeto de que esta empresa compre pelotas y mesas de ping pong por el valor de US$ 1’619,135.00.
Finalmente está la relación de los representantes legales de estas tres empresas, como sucede con Leonidas Edison Baca Ames, representante legal y gerente general de Iba y su sucursal peruana, quien a la vez tiene el mismo cargo en Efrinsa y en su sucursal peruana Efrinsa Agentes de Aduana SA. Mientras que César Augusto Burgos Baca, al parecer familiar por el apellido paterno, es el representante de Global.
Es también extraño que Efrinsa haya participado en procesos de selección en consorcio con Iba, que es la otra parte del consorcio que ha ganado el proceso Nº 005-2015, como ha sucedido en las licitaciones de Petroperú (CMA Nº 005.2011-OPC/Petroperú) y del Servicio Naviero de la Marina (AMC Nº 105- 2010/ENAPU S.A./TP Callao) en un negocio de tubos de caldera para el BAP “Bayóvar”.
MINEDU RESPONDE
Según el Minedu, “exigir la entrega de muestras en la etapa de presentación de propuestas puede contravenir el principio de economía recogido en el literal i) del artículo 4º de la Ley de Contrataciones del Estado, según el cual «En toda contratación se aplicarán los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los procesos de selección y en los acuerdos y resoluciones relos recursos, en las etapas de caídos sobre ellos, debiéndose evitar exigencias y formalidades costosas e innecesarias en las Bases y en los contratos».
En respaldo de lo expuesto, puede citarse el Pronunciamiento Nº 746-2014/DSU del 17 de julio de 2014, mediante el cual el Osce ha manifestado –en un caso idéntico al que nos convoca– que «solicitar la presentación de muestras únicamente al adjudicatario de la buena pro, para realizar las pruebas pertinentes a fin de verificar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos de los bienes objeto de convocatoria, antes de su internamiento, resulta acorde con lo dispuesto en el referido artículo 176 del Reglamento y con el Principio de Economía que rige toda contratación pública (…)».
Se trata además de una metodología que ha sido implícitamente reconocida por el propio Osce en su Pronunciamiento Nº 038 –2015/DSU del 12 de enero de 2015– con ocasión de la elevación de observaciones en la LP Nº 0002-2014-MINEDU/ VMGP/MATERIALES EDUCATIVOS, del cual deriva la actual Adjudicación de Menor Cuantía (AMC) que se cuestiona”.
EJECUTIVO DESCARTA COLUSIÓN


“Se ha cruzado información sobre la representación legal sobre las empresas postoras y al respecto se puede manifestar que los integrantes del mencionado consorcio así como Efrinsa Global Logistics Inc. (que aparece como contratante de esta última en los documentos presentados para acreditar experiencia) mantienen una evidente vinculación entre sí porque pertenecen al mismo grupo, en la medida que tienen los mismos representantes legales o con vinculación familiar entre ellos, y se agrupan en consorcio indistintamente entre ellas para participar en procesos de selección.

A partir de ello, sin embargo, no es legalmente posible concluir que exista colusión entre dichas empresas, puesto que de acuerdo a la normatividad vigente, no existe prohibición para que dos o más personas jurídicas cuenten con el mismo representante legal, ni para que este suscriba -en nombre de ambas- un contrato entre ellas.
Por el contrario, el Tribunal de Contrataciones del Estado ha dejado sentado que el hecho que una empresa contrate con otra del mismo grupo y que tiene el mismo representante, no demuestra, de por sí, la existencia de algún conflicto de intereses (Resolución 561-2011-TC-S4 de 30MAR2011)”.
“OPERACIONES SON VERACES”


El consorcio ganador presentó, a fin de acreditar el factor de evaluación ‘Experiencia del postor’, las siguientes contrataciones:

Respecto a la primera de dichas contrataciones, nuestra Entidad ha constatado en la plataforma Seace, que la misma fue efectivamente realizada.
Por otro lado, mediante Carta N°245-2015-MINEDU/VMGP/ DIGERE del 12 de agosto de 2015, se requirió al mencionado consorcio la presentación de la copia legalizada del original de los comprobantes de pago emitidos como consecuencia de las dos contrataciones efectuadas con Efrinsa Global Logistics Inc., lo que fue atendido con Carta CAR1508-62 del 25 de agosto de 2015.
EL DATO


¿VÁLIDA ACREDITACIÓN?

En su edición del 13 de marzo de 2015, EXPRESO publicó las presuntas irregularidades de la licitación pública Nº 002-2014-MINEDU, que en su ítem Nº 34, referido a colchonetas de espuma, por un monto de S/. 7’848,000.00, se estableció como importe para acreditar la experiencia la irrisoria suma de S/. 400,000.00.
ESTADO DE LICITACIÓN


El 13 de julio de 2015 se suscribió el Contrato N°056-2015-MINEDU/VMGP/UE 120 con el Consorcio integrado por Iba International Business Association S.R.L. y Global Engineering & Logistics Co. Limited, por el monto de S/.6’655,104.00. Actualmente, la referida contratación, a decir del Minedu, se encuentra en la etapa de ejecución contractual, con un tiempo de entrega de 15,696 colchonetas de espuma en 150 días calendario entre el 14 de julio de 2015 al 9 de diciembre del mismo año. La segunda remesa, en 180 días, por la misma cantidad de colchonetas, hasta el 8 de enero de 2016, completando el total de 31,392.

AL DESCUBIERTO EL PACTO DE GONZALO GARCÍA NUÑEZ (GGN) Y LA DERRAMA MAGISTERIAL (PATRIA ROJA).

¿Qué busca GGN a la cola de Patria Roja (CEN SUTEP) en Lima Sur, haciendo uso de colegios públicos y vulnerando la ley que prohíbe el proselitismo político - partidario?. Reunir a 15 personas, todos ellos militantes de Patria Roja (Amado Oliva, Celia Raymundo, Mario Gálvez, Manuel Rodríguez, etc.), en un desolado y desértico “Encuentro con el Magisterio” llevado el 16.11.2015, sin presencia del magisterio de Lima Sur, sin duda, es el anuncio de una muerte anunciada en las próximas elecciones.

GGN, el candidato de UNIDAD DEMOCRATICA (UD) no es un advenedizo en política. Por su  larga  trayectoria como alto funcionario del BCR y el Consejo Nacional de la Magistratura sabe dónde y quiénes mueven los recursos económicos en el país, especialmente aquellos que mensualmente descuentan a más de 300 mil maestros del país. Nada es causalidad en política.
Aquí lo decimos sin medias tintas. Entre UD y Patria Roja hay un pacto en silencio y tendría que ver con el eventual financiamiento de recursos de la Derrama Magisterial en su campaña electoral a la Presidencia de la Republica. Eso explica porque con tanta facilidad ha concurrido a la I.E. “Naciones Unidas” el último 16.11.2015 con el aval del Director  JUSTINIANO AYBAR HUAMANI  y doñaLUCY BARRERA MACHADO, Directora de la UGEL 01.

¿Acaso GGN no sabe que constituye una infracción el uso de los colegios públicos para fines políticos y partidarios? ¿No sabe que Patria Roja AMADO OLIVA ASCATE  y CELIA RAYMUNDO RAMOSjamás fueron elegidos por el magisterio de SJM y VES-VMT;  sin embargo,  hoy son avalados por Lucy Barrera Machado, la directora de la UGEL 01 mas repudiada en Lima Sur, merced a un oficio de “reconocimiento” expedido por Hamer Villena, asistente a esa reunión del 16.011.2015?.

Los militantes de Patria Roja ocupan hoy altos cargos en diferentes direcciones departamentales y UGELs en Lima Metropolitana? Acá algunos nombres LUIS MUÑOZ ALVARADO, VÍCTOR JARA SILVERIO, VITO CHAMBI ROJAS, WILSON BACA ALTAMIRANO, YOMAR MELENDEZ JULIO CARDENAS GUZMAN (Funcionario de Derrama Magisterial),  entre otros.  Con esos personajes GGN, ni a la misa.


Saque sus conclusiones GGN, con  Patria Roja tiene Usted asegurado el fracaso electoral en Lima Sur.

GGN Y HAMER VILLENA PATRIA ROJA EN EL AUDITORIO DE LA I.E. 7062 NACIONES UNIDAS