¡DEROGATORIA DE LA NEFASTA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL Nº 29944!

domingo, 14 de abril de 2013

Evaluación educativa e insurgencia magisterial


Evaluación educativa e insurgencia magisterial
Cambio de Michoacán
Lo que no es la reforma educativa de Enrique Peña Nieto es una verdadera reforma educativa. Se trata, sí, como lo han dicho sus impugnadores y diversos especialistas en el tema, de una reforma laboral aplicada al sector educativo; es decir de la imposición de un cambio drástico en las condiciones de trabajo de los maestros, en las relaciones entre el Estado y el sector magisterial y, por extensión, en las condiciones de la convivencia social. Que haya reacciones de rechazo y radicalización dentro del sector magisterial no debiera, entonces, asombrar, cuando esta reforma es producto de un arreglo entre las cúpulas partidarias que operan dentro del Congreso de la Unión y las legislaturas estatales, y no de una discusión nacional —en la que necesariamente tendrían que expresarse los profesores, así como los padres de familia y los expertos en pedagogía— de las necesidades y prioridades para el sector educativo.

Las recientes reformas a los artículos 3º y 73º constitucionales no establecen más lineamientos para el proceso de educación básica que los que ya existían en la fracción II del primero de ellos. No elevan a nivel constitucional al sistema de planeación educativa como condición indispensable para la determinación de las prioridades y la asignación de recursos; pero sí al sistema nacional de evaluación educativa y, de manera asombrosa y a contracorriente de la técnica jurídica, al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, INEE, y su forma de integración.

Que se trata de reformas de naturaleza política, y no de interés educativo, se patentiza en el hecho de que vienen a establecer incluso la forma de elección de la Junta de Gobierno de esa institución. Los cinco miembros de ese órgano serán designados por una mayoría calificada del Senado a partir de las ternas presentadas por el jefe del Ejecutivo. Pero si esa Cámara no resolviere en el plazo de treinta días el Ejecutivo podrá designar los integrantes de la Junta. Igualmente, si el Senado (o la Comisión Permanente, en periodos de receso legislativo) rechaza re una terna, el Ejecutivo presentará una segunda; y si ésta también fuere rechazada, el Ejecutivo podrá hacer directamente la designación del miembro o miembros de la Junta que estén vacantes. Bastará así, que el Ejecutivo envíe sus ternas con elementos polémicos o impresentables para que sean rechazados o no alcancen el consenso requerido, y poder así hacer la designación directa de los miembros de la Junta de Gobierno de la institución evaluadora. Este mecanismo de restitución del presidencialismo fuerte —entre otros en curso y por venir— es el resultado neto del cacareado Pacto por México como acuerdo cupular entre el gobierno y las dirigencias del PRI, el PAN y el PRD.

Adicionalmente, la fracción III del artículo 3º habla de establecer en la ley reglamentaria “los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación”, haciendo depender la permanencia de los maestros en el empleo de los resultados de la evaluación. Pero tratándose esta última de un proceso unilateralmente administrado por el INEE supuestamente autónomo pero en realidad como virtual órgano del Ejecutivo —pues todos los integrantes de su Junta de Gobierno pasarán por la propuesta o designación directa que éste haga—, la institución se convierte en un órgano de control político sobre el magisterio. Aprobar la “evaluación” es ahora, pues, el requisito para la conservación de la plaza.
Se somete así a los maestros de nivel básico, medio superior, técnico y politécnico, por su naturaleza servidores públicos, a un nuevo régimen laboral no contemplado en el apartado B del artículo 123 constitucional, y que los asimila en la práctica a los del apartado A, es decir del sector privado donde el empleador puede evaluar constantemente el desempeño y productividad de sus trabajadores y—sobre todo con la reciente reforma laboral— proceder con facilidad al despido si no cumplen con sus requerimientos y expectativas. En cambio, no se otorga a los maestros las prerrogativas de los trabajadores encuadrados en este apartado, el A, como el derecho a la huelga y a la contratación colectiva. Lo que puede hacer que los recursos de amparo contra la reforma puedan proceder —y están procediendo— es precisamente este aspecto de ambigüedad en que se colocará a los profesores, desde el derecho laboral.

Los maestros movilizados de Guerrero y Oaxaca han dicho repetidamente que no se oponen en sí a la evaluación, sino a la evaluación estandarizada que los organismos de carácter nacional aplican, esto es, a que se evalúe con los mismos criterios a los profesores rurales de la sierra oaxaqueña que a los de las zonas urbanas de Baja California, Aguascalientes o el Distrito Federal, por poner algunos ejemplos. En este sentido, la reforma de Peña Nieto y Chuayffet es también regresiva contra la descentralización educativa operada desde los años noventa. Acorde con ésta, deberían ser las entidades las que establecieran, dentro de un sistema de coordinación nacional, los criterios y procedimientos para la evaluación. Ése es el núcleo de la demanda de los maestros guerrerenses a los poderes estatales de expedir una norma propia en materia educativa. ¿Para qué se procedió en las décadas anteriores a la descentralización si ahora la evaluación se va a realizar de manera centralista y homogénea?

El maestro es, antes que nada, el agente del Estado en el proceso educativo, agente a su vez generado por el mismo Estado a través de sus instituciones, las escuelas normales. Siempre se concibió así. El responsable del proceso no es meramente el maestro —por más que su esfuerzo sea en muchos sentidos decisivo, como puede sin dificultad demostrarse— sino el sistema en su conjunto, administrado por el Estado. Y la evaluación, sin duda necesaria, debe abarcar el conjunto del sistema, incluyendo, además de los aspectos pedagógicos y de formación de los maestros, la planeación, presupuestación, asignación de los recursos, etc.

Pero el maestro es también, de manera natural, un organizador de las comunidades. Lo ha sido en un doble sentido, desde el punto de vista político: a favor del régimen (de ahí el enorme poder del SNTE y de sus líderes, de los cuales Gordillo ha sido sólo la última, no la única) o para canalizar la inconformidad social, lo que se aprecia en el apoyo de las comunidades y padres de familias a sus movilizaciones. Lo saben los maestros y también los gobernantes. Por eso urge a éstos apretar más el cincho del control corporativo y afinar la espada de Damocles sobre los disidentes, mediante la conocida fórmula de premios o castigos. Pero el proceso educativo no es, no debe ser para eso.
Eduardo Nava Hernández. Politólogo – UMSNH

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