LEAN LA CUARTA DISP. TRANSITORIA DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL....QUE LOS TRABAJADORES DE LA 276, 728 O CAS, QUE OPTEN A PASAR A LA LEY DEL SERVICIO CIVIL.....PASARAN COMO NUEVOS....TUS AÑOS DE SERVICIO 5, 10, 15, 20, 25, etc TE LO LIQUIDARAN.....Y EMPEZARAS COMO "NUEVO" TRABAJADOR, CON CERO(00) AÑOS DE SERVICIOS........¿¿¿¿¿¿EST O ES LA GRAN REFORMA-----??????MENTIRA, MENTIRA, COMO EL MENTIROSO DE OLLANTA-----QUE LE VAMOS A CREER A ESTAS ALTURAS A ESTE MISERABLE Y MENTIROSO....
DICEN QUE SE RESPETA LA ESTABILIDAD LABORAL........PERO VEAN EN SU ¡¡¡¡¡¡¡ARTICULO 76, DICE MODALIDADES DE CONTRATO!!!!!----¿¿DONDE DICE QUE SERAN NOMBRADOS LOS TRABAJADORES QUE GANEN EL CONCURSO DE MERITOS???.....¡¡¡¡¡¡¡--NA DA COMPAÑEROS TODO ES MENTIRA....SEGUIR DEFENDIENDO NUESTROS DERECHOS ADQUIRIDOS-----BASTA DE MENTIRAS!!!!!!!!!!---
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