¡DEROGATORIA DE LA NEFASTA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL Nº 29944!

domingo, 8 de noviembre de 2009

MOVIMIENTO MAGISTERIAL: …EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS CONSIGNADOS EN LA LEY DEL PROFESORADO 24029, SU MODIFICATORIA 25212 Y SU REGLAMENTO


Liderado por los maestros de las diferentes regiones que conforman el Comité Nacional de Reorientación y Reconstitución (CONARE) del SUTEP se han comenzado a obtener éxitos en los reclamos por el cumplimiento de una serie de derechos consignados en la Ley del Profesorado 24029 y que por más de veinte años no se han venido haciendo efectivo.

De hecho, la mayoría de los maestros se ha dado cuenta que la gran responsabilidad recae, no sólo en los gobiernos de turno que ignoraron olímpicamente esta ley sino también, en los dirigentes que periodo tras periodo se vinieron heredando los cargos en el CEN SUTEP, puesto que no supieron o no quisieron orientar las luchas para que se aplicara la Ley del Profesorado, en especial en el terreno de los beneficios económicos y sociales que contiene.

La argucia de las autoridades siempre a sido desvirtuar la ley para incumplirla. Por ejemplo, cuando una docente cumple 20 años de servicios, la ley estipula que se hace beneficiaria de dos remuneraciones totales (conocido como sueldo bruto), sin embargo, pese a que en los considerandos de las resoluciones sí se menciona dichos términos, para efectos de hacer los cálculos toman como referencia lo que llaman remuneración permanente (una suma de insignificantes cantidades) cuyo porcentaje significa una cantidad irrisoria que es la que finalmente se paga al docente, violando flagrantemente la Ley del Profesorado.

En estos y otros casos ya existe una jurisprudencia favorable a los maestros, por lo tanto es necesario mantener la comunicación con cada uno de los maestros del CONARE del SUTEP para que puedan orientarlos en sus justos reclamos.

MI PALABRA

Felipe Torres Andrade

Ex Secretario General SUTE 14

San Juan de Miraflores, Lima Perú

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